Lo primero que debo decir, para no dar lugar a malentendidos, es
que lo que aquí se expone es, ante todo, mi opinión personal, teniendo en
cuenta que soy una persona educada en la religión católica, que llevo
practicando la filosofía budista casi toda mi vida, incluyendo la práctica del yoga, y que
procuro meditar al menos media hora diariamente, porque mi búsqueda personal,
ante todo, es espiritual.
Hace poco la Plataforma de Apoyo a las Altas Capacidades presentó
una serie de PROPUESTAS PARA EL II PLAN
DE ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD de CASTILLA Y LEÓN para la mejora de la
atención educativa de estos menores y la Administración de esa Comunidad,
escurriendo el bulto como siempre suele hacer en este país y haciendo un alarde
de ignorancia de los de libro, entre otras cuestiones, decidió zanjar la cuestión como sigue:
Propuesta A2.- Proporcionar a todo el
profesorado una formación mínima obligatoria sobre altas capacidades (actualizada y de calidad), dado que la
detección previa depende sobre todo del profesor, y se dificulta en gran medida
debido a los mitos y estereotipos existentes.
A esta propuesta la Administración responde:
“El Plan contempla una línea de formación
en la inclusión para todo el profesorado a diferentes niveles, en organización,
metodologías, didácticas específicas, detección e intervención temprana, entre
otras (se incluye la educación emocional e inteligencias múltiples, robótica,
mindfulness,… las cuales ya se están trabajando, por parte de muchos centros y
que seguiremos fomentando para mejorar cualitativa y cuantitativamente).”
El enlace completo de las propuestas y la respuesta de la
Administración Castellano-Leonesa es el siguiente: http://apoyoac.blogspot.com.es/
Cuando leí lo anterior no sabía si soltar la carcajada o echarme a
llorar, puesto que la respuesta solo puede contemplarse desde una ignorancia
supina o desde una absoluta estupidez, o desde la consideración del
administrado como un ser absolutamente idiota.
Me explico:
Dice la Administración:
“El Plan contempla una línea de formación en la inclusión para todo el
profesorado a diferentes niveles, en organización, metodologías, didácticas
específicas, detección e intervención temprana, entre otras …”
Quien haya redactado semejante respuesta parece desconocer, en primer
lugar, que la escuela española es
inclusiva por Ley desde los años 70 en que se promulgara la Ley de la EGB,
que es la primera Ley española en recoger normativamente el principio de atención
a la diversidad del alumnado o principio de inclusividad y que desde
entonces se ha recogido que la atención educativa de los alumnos con
necesidades especiales o específicas debe de ser detectada y atendida de
forma temprana; teniendo en cuenta que estamos en 2016, ¿reconoce la
Administración con esta declaración que lleva casi 50 años sin formar a los
docentes en inclusión? ¿está reconociendo esta Administración su
negligencia/dejadez/incompetencia al no detectar e intervenir de forma temprana
en la atención educativa de estas necesidades? ¿cómo se justifica esta
negligencia/desidia/dejadez de casi medio siglo?.
En relación a las AACC decía la Ley 14/1970, de 4 de agosto, General de Educación y Financiamiento de la
Reforma Educativa, Ley de la EGB, en su artículo 49.2 en que
establecía que la Educación Especial “prestará una especial atención a los
escolares superdotados, para el debido desarrollo de sus aptitudes en beneficio
de la sociedad y de sí mismos” y, siguiendo las definiciones científicas
existentes en aquel momento recogidas por la Organización Mundial de la Salud,
definía a los alumnos superdotados como aquellos alumnos/as que tuvieran un
Cociente Intelectual igual o superior a 130; previendo para este tipo de alumnos
una serie de medidas educativas que se
resumen en tres grupos: medidas de enriquecimiento, medidas de ampliación
y flexibilización de las distintas etapas educativas. ¿A que a los padres de alumnos con AACC os
suenan estas medidas? Pues parece que a
los miembros de la Administración Educativa Castellano-Leonesa no.
Tampoco debe estar
informado quien haya redactado semejante respuesta de un hecho básico y
fundamental y es que, el artículo 102 de la LOE de 3 de Mayo del
2006, establecía que:
“La
formación permanente constituye un derecho y una obligación de todo el
profesorado y una responsabilidad de Administración Educativa y de los propios
centros. Además las Administraciones educativas planificarán las actividades
necesarias, garantizando una oferta diversificada y gratuita y estableciendo
las medidas oportunas para favorecer la participación del profesorado en estos
programas.”
A pesar de ello, cada una de nuestras
Comunidades Autónomas ha regulado de forma distinta este derecho /obligación,
sin exigir en ningún momento la obligatoriedad de la formación del profesorado
en una materia determinada, formación que es
optativa y que únicamente se encuentra ligada a la obtención de un complemento
retributivo específico, por lo que, si no se realiza, simplemente, no se
obtiene dicho complemento.
El
propio Centro Superior de Formación del Profesorado de Castilla y León, en Mayo
del 2010, publicó el siguiente informe al respecto:
Pero lo que resulta más desconcertante es lo siguiente:
“se incluye la educación emocional e
inteligencias múltiples, robótica, mindfulness,… las cuales ya se están
trabajando, por parte de muchos centros y que seguiremos fomentando para
mejorar cualitativa y cuantitativamente).”
Voy a desglosar cada una de esas “formaciones”, que se suponen van a dar respuesta a todos los
alumnos y, especialmente a los de AACC.
EDUCACIÓN
EMOCIONAL:
Dentro de la actual formación del Grado en Psicología, existen dos
asignaturas básicas una es Psicología del Aprendizaje y otra Psicología de la
Emoción, asignaturas de 6 créditos que forman parte de los llamados
conocimientos básicos de este Grado y que no disponen de una definición única
de los anteriores conceptos puesto que los mismos dependen de la “escuela”
psicológica a la que se adhieran los estudiosos en la materia, por este motivo
acudiré a la WIKIPEDIA, que publica la siguiente entrada el 02/02/2016:
“La
educación emocional1 o educación sentimental es “el proceso de enseñanza de las
habilidades emocionales mediante el acompañamiento y apuntalamiento de la
persona en el ejercicio y perfeccionamiento de las mismas.” (Lucas J. J.
Malaisi).
Conviene
distinguir entre inteligencia emocional, competencias emocionales y educación
emocional.
Inteligencia
emocional es la capacidad para identificar las propias
emociones y las de los otros, usarlas para facilitar el pensamiento, comprender
la complejidad de las emociones y regularlas de manera apropiada. Según esta definición,
la inteligencia emocional es una construcción hipotética de la psicología que
complementa la inteligencia, en sentido clásico, y la personalidad. Hay diferentes modelos de inteligencia
emocional, cosa que ha originado un debate entre los defensores de cada modelo
y sus detractores. Nosotros nos referiremos a las aplicaciones prácticas que se
derivan de este debate, que son las competencias emocionales.
Las
competencias emocionales son la capacidad para gestionar de manera
adecuada un conjunto de conocimientos, capacidades, habilidades y actitudes
necesarias para tomar conciencia, comprender, expresar y regular apropiadamente
los fenómenos emocionales y afectivos. Un análisis más detallado de las
competencias emocionales permite identificar la conciencia emocional, la
regulación emocional, la autonomía emocional, la sociabilidad y las habilidades
de vida para el bienestar (Bisquerra, 2009).
La
educación emocional es, pues, “el proceso educativo que tiene como
objetivo el desarrollo de competencias emocionales. Es un proceso que se inicia
desde la primera infancia y está presente a lo largo de toda la vida”. La
fundamentación teórica de la educación emocional no se limita a la inteligencia
emocional, sino que toma en consideración otras referentes como por ejemplo las
aportaciones de la neurociencia, la tradición de las competencias sociales, la
autoestima, las investigaciones sobre el bienestar y la psicología positiva,
etc. Se trata de un marco teórico amplio e integrador que fundamenta una propuesta
de innovación educativa (Bisquerra y Pérez, 2007; Bisquerra, 2000). Cuando
hablamos de educación no nos referimos a la escolarización, sino a la educación
a la familia, a la sociedad, a los medios de comunicación, etc.
Es
un proceso porque implica un tiempo (toda la vida, y no un día) y por otro
lado, cambios, que son progresivos en la adquisición de dichas habilidades. Es
una enseñanza, dado que se basa en la transmisión de conocimientos y la
corrección de lo erróneo (comportamientos agresivos, impulsivos o
desadaptativos en general).”
Este mismo autor, Rafael Bisquerra y colaboradores, publican el
siguiente artículo:
http://www.edesclee.com/images/pdfs/9788433025104.pdf
en el que indican cuál es el objetivo de la Educación Emocional:
“La
educación emocional tiene como objetivo el desarrollo de competencias
emocionales. Entendemos las competencias emocionales como el conjunto de
conocimientos, capacidades, habilidades y actitudes necesarias para tomar
conciencia, comprender, expresar y regular de forma apropiada los fenómenos
emocionales. Dentro de las competencias emocionales están la conciencia y
regulación emocional, autonomía emocional, competencias sociales, habilidades
de vida y bienestar.”
En mi casi medio siglo de vida yo debo haberme perdido algo porque,
según el Diccionario de la RAE, Educación, palabra que procede del latín “educatio,
-ōnis”, comprende los siguientes
conceptos:
1. f. Acción y efecto de educar.
2. f. Crianza, enseñanza y doctrina que se da a los niños y a los
jóvenes.
3. f. Instrucción por medio de la acción docente.
4. f. Cortesía, urbanidad.
Y me voy a centrar en el punto 4:
Cortesía: “Demostración
o acto con que se manifiesta la atención, respeto o afecto que tiene alguien a
otra persona.”
Urbanidad: “Cortesanía,
comedimiento, atención y buen modo.”
Lo que quiere decir, salvo que yo sea terriblemente torpe, que el concepto de Educación en castellano
comprende “el conjunto de
conocimientos, capacidades, habilidades y actitudes necesarias para tomar
conciencia, comprender, expresar y regular de forma apropiada los fenómenos
emocionales; incluyendo las competencias sociales, las habilidades de vida y
bienestar.”
A las personas de mi generación (y empiezo a parecer una abuela),
tanto en los Colegios Religiosos como en los Laicos, y dentro y fuera de la
escuela, nos enseñaban no sólo conocimientos teóricos sino normas de urbanidad,
que implicaban la aplicación práctica de una serie de valores como el respeto,
tanto a los mayores como a los coetáneos, la cortesía, la empatía, los buenos
modales, …
Para el que quiera ahondar en el concepto de Educación, en este
enlace podéis leer un capítulo del Libro de María del Mar Del Pozo Andrés; José
Luís Alvarez del Castillo; Julián Luengo
Navas y Eugenio Otero Utrza, llamado “Teorías e instituciones contemporáneas de
educación”, Madrid, Biblioteca Nueva,
2004, sobre el concepto de Educación:
EDUCACIÓN
DE LAS INTELIGENCIAS MÚLTIPLES:
Desde que el Profesor Doctor Howard Gardner publicara su “Teoría
de las Inteligencias Múltiples”, que básicamente quiere decir que en el ser
humano se pueden medir/detectar diferentes capacidades cognitivas además de las
clásicamente medidas con los test de inteligencia psicométricos y que podríamos
resumir de la siguiente manera:
“Cada
persona tiene siete inteligencias, habilidades cognoscitivas. Estas
inteligencias trabajan juntas, aunque como entidades semiautónomas. Cada
persona desarrolla unas más que otras. Diferentes culturas y segmentos de la
sociedad ponen diferentes énfasis en ellas.
Inteligencia
lingüística. En los
niños y niñas se aprecia en su facilidad para escribir, leer, contar cuentos o
hacer crucigramas.
Inteligencia
Lógica-matemática. Se
aprecia en los menores por su interés en patrones de medida, categorías y
relaciones. Facilidad para la resolución de problemas aritméticos, juegos de
estrategia y experimentos.
Inteligencia
Corporal y Cinética.
Facilidad para procesar el conocimiento a través de las sensaciones corporales.
Deportistas, bailarines o manualidades como la costura, los trabajos en madera,
etc.
Inteligencia
Visual y espacial. Los
niños y niñas piensan en imágenes y dibujos. Tienen facilidad para resolver
rompecabezas, dedican el tiempo libre a dibujar, prefieren juegos
constructivos, etc.
Inteligencia
Musical. Los
menores se manifiestan frecuentemente con canciones y sonidos. Identifican con
facilidad los sonidos.
Inteligencia
Interpersonal
(inteligencia social). Se comunican bien y son líderes en sus grupos. Entienden
bien los sentimientos de los demás y proyectan con facilidad las relaciones
interpersonales.
Inteligencia
Intrapersonal.
Relacionada con la capacidad de un sujeto de conocerse a sí mismo: sus
reacciones, emociones y vida interior.
A
estas siete líneas de inteligencia, inicialmente descritas (1983), Gardner añadió
posteriormente una octava, la inteligencia naturalista o de facilidad de
comunicación con la naturaleza; que consiste en el entendimiento del entorno
natural y la observación científica de la naturaleza como la biología, geología
o astronomía.”
Los pedagogos, al amparo de lo que ya dijera en su artículo 29 la Declaración de Derechos del
Niño en 1959: “La Educación del Niño debe ir dirigida … a desarrollar al máximo sus
capacidades”, parecen haberse dado cuenta de que la Educación debería ocuparse
de lo que sería el desarrollo integral de las personas y de sus capacidades.
¡EUREKA! Hemos tardado pero parece que vamos por buen camino ¿o es que habíamos perdido el rumbo absolutamente?
¡EUREKA! Hemos tardado pero parece que vamos por buen camino ¿o es que habíamos perdido el rumbo absolutamente?
Pues bien, no deja de ser curioso que esta idea aparezca en todos
los preámbulos de las leyes de educación españolas desde principios del pasado
siglo. ¿Será que los políticos y los
miembros de la Administración Educativa no saben leer?
ROBÓTICA:
La
robótica es la rama de la ingeniería mecánica, ingeniería eléctrica,
ingeniería electrónica y ciencias de la computación que se ocupa del diseño,
construcción, operación, disposición estructural, manufactura y aplicación de
los robots.
La
robótica combina diversas disciplinas como son: la mecánica, la electrónica, la
informática, la inteligencia artificial, la ingeniería de control y la física.
Otras áreas importantes en robótica son el álgebra, los autómatas programables,
la animatrónica y las
máquinas de estados.
Esto ya se parece
más a formación específica para AACC, pero únicamente para alumnos con talento
científico, matemático, lógico-espacial, (porque a un alumno con un talento
musical, artístico o cinestésico, dudo mucho que le interese esta asignatura),
pero no deja de sorprenderme que una rama de la ingeniería tan específica pueda
ser impartida por profesores de magisterio que carecen de esta formación y no
que tenga que ser impartida por ingenieros.
Y yo me pregunto ¿a partir de qué edad o etapa de la enseñanza
obligatoria van a disponer estos menores de los conocimientos curriculares
necesarios para ello? ¿con qué medios
técnicos o profesionales lo van a desarrollar?
O de lo que
estamos hablando es de hacer “manualidades” del tipo: “monta tu propio robot” con las herramientas
mecánicas que venden en la tienda de electrónica o de juguetes. ¿Esto no era la famosa asignatura de
“tecnología” o “pre-tecnología”?
MINDFULLNESS
Pero si algo me ha sorprendido de la respuesta de la
Administración Castellano-Leonesa ha sido la incorporación del Mindfullness a
la enseñanza. El que haya redactado esta
respuesta ¿tiene la menor idea de lo que es el “Mindfullness” y de que España
es un Estado Laico?
El
Mindfullness, atención plena, conciencia plena o conciencia
pura es una facultad espiritual o psicológica que se consideran de gran
importancia en el camino hacia la iluminación de acuerdo a las enseñanzas de
Buda Gautama.
Es
uno de los siete factores para alcanzar la iluminación.
La conciencia o meditación correcta es el séptimo elemento del Noble camino
óctuple, el sadhana (“práctica”) que engendra el vipassana (proceso de auto-purificación
mediante la auto-observación) y el prajña (la sabiduría). Y se remonta a los Upanishads. El
Satipatthana Sutra es un texto temprano que aludía ya por entonces a la
atención plena.
Y vaya por delante que estoy plenamente a favor de enseñar a
meditar a los niños, pero en un Estado laico como el nuestro: ¿porqué enseñar a los menores la meditación
budista y no la cristiana, o la musulmana o la judía? ¿Acaso se ha firmado un Acuerdo con la comunidad budista española y no nos hemos enterado?
Porque en España, en los Colegios Católicos y con base en el Acuerdo con la Santa Sede, cuando te preparaban
para recibir la primera Comunión en clases de religión, ya te enseñaban a hacer
introspección, valoración de tu conducta, arrepentimiento y propósito de
enmienda desde la perspectiva del Amor y buscando la Comunión o unión con el
Creador o Iluminación. Si nos remitimos
a la enseñanza musulmana y a su sistema de oraciones, partiendo del aprendizaje
que supone la higiene física, mental y postural, realizada cinco veces al día, y
la meditación sobre el Corán, se busca, igualmente, la Unión con el
Creador. Lo mismo que busca la práctica
religiosa judía con el estudio y meditación sobre la Torá o los textos
sagrados.
Claro que hay mucho avispado suelto que ha decidido que el Mindfullness o "meditación en el ahora" o "meditación de la mente en blanco", es méramente una técnica de meditación sin componente espiritual y se están forrando los bolsillos a base de cursitos de, supuestamente, mindfulness para todo. Lo que queda por comprobar empíricamente es si esta "meditación", entendida como técnica, tiene una base científica que pruebe su utilidad como para que se incluya en los currículos educativos y si los docentes están suficientemente formados como para impartirla o puede que la administración castellano-leonesa pretenda contratar a profesores /monitores de yoga o a budistas entrenados para impartirla.
Si esto es lo que el legislador Castellano-Leonés entiende por
“Atención a la Diversidad” no me queda más que rezar por este país y pedir que
los funcionarios castellano leoneses practiquen el “mindfullness” y encuentren
la Iluminación antes de tratar de
iluminar a los niños/as de esta Comunidad y, como dicen en mi tierra “Que Dios
nos coja confesados”.
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